Un jugador profesional de futbol muere en el campo de juego.


Su deudos demanda a su empleador ( El club de Futbol) por no haber tomado las medidas de prevencion por ser un trabajo de alto riesgo como el deportivo.
Sobre todo cuando ocurrio en un partido jugado en altura.

El futbolista sufrio un paro cardiaco.


El empleador no deberia tener responsabilidad si cumplio con su deber ,haciendo los examenes medicos previos correspondientes.

Fallo del poder judicial :
El empleador fue responsable del accidente de trabajo , aun cuando no exista norma que regule el uso d emedidas de prevencion ( ejemplo en este caso tener un desfibrilador ).
Fuente :Sentencia 156-2017


Algo mas que debe saber : Los reclamos por los futbolistas profesionales se someten a la comision de conciliacion y resolucion de disputas de la Federacion Peruana de Futbol ( En realidad es un arbitraje).

¿ Pero solo se puede usar este medio para los reclamos?
No.
El arbitraje en materia laboral solo puede aplicarse , en caso se trate de materias de libre disposicion , cuando las partes lo acuerdadn y siempre que el trabajador perciba mas de 70 Unidades de referencia procesal mensuales.

URP 2017 = S/405.00

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