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Mostrando entradas de septiembre, 2017

Fe erratas en Protocolo fiscalización Seguridad Construcción Civil

Norma : Resolución de Superintendencia Nº 182-2017-SUNAFIL Publicado : 16/09/2017 Fe erratas Protocolo para la Fiscalización en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Sector Construcción” Cambia el Numero de Protocolo , ya no es el 001-2017-SUNAFIL-INII Ahora es 003-2017-SUNAFIL-INII ___________________________________________ Mediante Oficio N° 599-2017-SUNAFIL/SG, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia N° 182-2017-SUNAFIL publicada en la edición del día 10 de setiembre de 2017. DICE: Artículo 1.- APROBAR, el Protocolo N° 001-2017-SUNAFIL/INII, denominado “Protocolo para la Fiscalización en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Sector Construcción”, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. DEBE DECIR: Artículo 1.- APROBAR, el Protocolo N° 003-2017-SUNAFIL/INII, denominado “Protocolo para la Fiscalización en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en el

Fiscalización SUNAFIL Seguridad y salud Construcción Civil

Seguridad y Salud en el Trabajo en el Sector Construcción: Protocolo de fiscalización Norma : Res. 182-2017-SUNAFIL Publicado : 10-09-2017 ============================== Se  ha aprobado el el Protocolo para la Fiscalización en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Sector Construcción. Lima, 8 de Setiembre de 2017 VISTOS: El Acta de Reunión N° 005-2017-SUNAFIL/INII, el Informe N° 153-2017-SUNAFIL/INII, y el Memorándum N° 408-2017-SUNAFIL/INII, de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva, el Informe N° 354-2017-SUNAFIL/ SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral– SUNAFIL, como entidad responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y prop

Un jugador profesional de futbol muere en el campo de juego.

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Su deudos demanda a su empleador ( El club de Futbol) por no haber tomado las medidas de prevencion por ser un trabajo de alto riesgo como el deportivo. Sobre todo cuando ocurrio en un partido jugado en altura. El futbolista sufrio un paro cardiaco. El empleador no deberia tener responsabilidad si cumplio con su deber ,haciendo los examenes medicos previos correspondientes. Fallo del poder judicial : El empleador fue responsable del accidente de trabajo , aun cuando no exista norma que regule el uso d emedidas de prevencion ( ejemplo en este caso tener un desfibrilador ). Fuente :Sentencia 156-2017 Algo mas que debe saber : Los reclamos por los futbolistas profesionales se someten a la comision de conciliacion y resolucion de disputas de la Federacion Peruana de Futbol ( En realidad es un arbitraje). ¿ Pero solo se puede usar este medio para los reclamos? No. El arbitraje en materia laboral solo puede aplicarse , en caso se trate de materias de libre disposicion , c

Exigencia del carnet de sanidad como barrera burocratica

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El carnet de sanidad es una fotografia del estado de salud de una persona en un momento determninado , que puede variar en el tiempo de vigencia de ese documento que es de 02 años. No es una garantia . Validar la sanidad de una persona solo por el hecho de portar un carnet de sanidad es muy grave Toda persona tiene derecho a que se le extienda la certificacion de su estado de salud cuano lo considere conveniente ,no puede ser obligatorio. Por esta razon ninguna autoridad publica puede exigir a las personas la certificacion de su estado de salud a traves de un : carnet sanitario , carnet de salud , y similares. Esto como condicion para el ejercicio de actividades profesionales , productivas , comercio o afines. No se puede restringir el ejercicio de las actividades economicas por no contar con un carnet de sanidad. Desproteccion en la salud publica de los establecimientos de expendio de comidas. Las municipalidades deberan potenciar sus facultades de prevencion , superv