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Precisan descanso físico para personal de la salud por exposición a radiaciones

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  Regulan beneficio por cada seis meses de trabajo continuo y directo. El Poder Ejecutivo aprobó el reglamento de la ley que regula el descanso físico adicional del personal de la salud por exposición a radiaciones ionizantes o sustancias radiactivas. Así, se establece que dicho personal, además de su período vacacional, tendrá un descanso físico adicional de 10 días calendario por cada seis meses de trabajo desempeñando dichas actividades de manera continua y directa. Beneficio que alcanzará a los profesionales de la salud, personal técnico y auxiliar asistencial que desarrollan sus actividades en el ámbito público y privado, de conformidad con el D.S. Nº 009- 2019-SA Al desarrollar la Ley Nº 30646, el reglamento aclara que no se consideran en los seis meses de labores efectivas, las inasistencias por enfermedad o accidente que exceda de 30 días, las sanciones por falta disciplinaria, las licencias sin goce de haber por motivos personales que excedan los 30 días y los días