Los servicios higiénicos obligatorios en su empresa
Normativa legal asociada 1.En General.. - Literal f) del artículo 37 de la Resolución Ministerial N° 375-2008-TR Norma Básica de Ergonomía precisa que los centros de trabajo deben contar con sanitarios separados para hombres y mujeres, los cuales deben mantenerse en todo momento bajo condiciones de limpieza e higiene. 2 Sectores específicos .. Disposiciones sectoriales, establecen condiciones específicas para el cumplimiento de esta obligación que deberán ser observadas según corresponda. Incumplimiento.. Infracción . El numeral 27.9 del artículo 27 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo califica como infracción grave el incumplimiento de las disposiciones de seguridad y salud en el trabajo relacionadas con los servicios o medidas de higiene personal, cuando de ello se derive un riesgo grave para la seguridad o salud de los trabajadores Jurisprudencia Sunafil - Resolución de Intendencia N° 646-2020-...