¿Existe obligación legal del empleador de contar con carteles de seguridad y salud en el trabajo?
Sí. a.- Obligación general Los empleadores que diseñen, fabriquen, importen, suministren o cedan máquinas, equipos, sustancias, productos o útiles de trabajo disponen lo necesario para que: (…) Las instrucciones, manuales, avisos de peligro u otras medidas de precaución colocadas en los equipos y maquinarias, así como cualquier otra información vinculada a sus productos, estén o sean traducidos al idioma castellano y estén redactados en un lenguaje sencillo y preciso con la finalidad que permitan reducir los riesgos laborales. Base legal: Ley 29783 , artículo 69 inciso d El empleador está obligado a: Adoptar disposiciones efectivas para identificar y eliminar los peligros y los riesgos relacionados con el trabajo y promover la seguridad y salud en el trabajo. Base legal: D.S. 005-2012-TR , artículo 26 inciso g) Son funciones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificac