Pluralidad de empresas que desarrollan actividades en un mismo centro de trabajo
¿Quién asume la responsabilidad en materia de SST?
Fuente : Res. 1076-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala de 10-11-23
La duda : En un centro de trabajo donde diversas empresas desarrollan actividades ¿Quién es el responsable de garantizar la seguridad y salud en el trabajo?
Fallo: En un escenario donde varias empresas desarrollan actividades en un mismo centro de trabajo, quien sea el titular o asuma el contrato principal deberá coordinar con las demás empresas con las que se vincula contractualmente determinar a quién le corresponde dar cumplimiento a las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo en favor del personal de aquellas empresas.
En caso de no hacerlo, la empresa principal, en virtud de su deber de garantía establecido en el art. 68 de la LSST, deberá asumir el cumplimiento de las referidas obligaciones.
Aun cuando por disposición legal se atribuya esa obligación al empleador directo de cada trabajador.
Excepción ... Lo señalado no es aplicable en aquellos casos en que determinada obligación debe ser asumida por una de las partes (alguno de los empleadores) de modo indisponible por mandato legal.
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