¿ Quien determina cuantas personas conformarán el CSST?
Buen dia, una consulta referente al comite de SST, ¿si no cuento con la cantidad de miembros por parte del empleador como hago?
¿Es decir no cuentas con 4 trabajadores de confianza y direccion? La empresa cuenta con 55 trabajadores
Estuve coordinando con el área de recursos humanos y me indican que asi lo esta considerando la gerencia general, en ese sentido ¿Que tratamiento debemos hacer?
A efectos de determinar el número de integrantes del CSST, el/la empleador/a comunica a todos/as los/as trabajadores/as por un medio masivo (correo electrónico institucional, intranet, paneles y otros) su propuesta de número de miembros del CSST y los criterios utilizados para su formulación.
Si en un plazo de (3) días naturales, el sindicato mayoritario, los sindicatos minoritarios que representan a la mayoría de los/as trabajadores/as o la coalición de trabajadores/as, no formula oposición; se considera aceptada la propuesta del/de la empleador/a.
En caso de manifestarse el desacuerdo con la propuesta del/de la empleador/ , el número de miembros no puede ser menor a seis (6) en el caso de los/las empleadores/as con más de cien (100) trabajadores/as, agregándose al menos a dos (2) miembros por cada cien (100) trabajadores/as, hasta un máximo de doce (12) miembros
Base legal: R.M. 245-2021-TR ( 11/12/2021
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Del caso: Con 55 trabajadores lo mínimo legal es 04 miembros titulares en total ( 02 empleador y 02 trabajadores).
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