Atención medica en el seguro complementario de trabajo de riesgo para trabajador cesado
Cobertura del tratamiento médico que recibe el trabajador en el caso de la extinción del vínculo laboral
¿Un trabajador tiene derecho a continuar recibiendo el tratamiento médico del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo de su empleador cuando el contrato de trabajo vence durante el tratamiento médico por accidente de trabajo?
La cobertura de salud por trabajo de riesgo otorga la atención médica, farmacológica, hospitalaria y quirúrgica, cualquiera que fuere el nivel de complejidad, hasta la recuperación total del trabajador o la declaración de una invalidez permanente total o parcial, o de fallecimiento – D.S. 003-98-SA, art.13.
En consecuencia, aun cuando el vínculo laboral se hubiere extinguido durante el tratamiento médico del trabajador que ha padecido un accidente de trabajo, éste tiene derecho a recibir la atención médica necesaria para su recuperación total.
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¿Un trabajador tiene derecho a continuar recibiendo el tratamiento médico del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo de su empleador cuando el contrato de trabajo vence durante el tratamiento médico por accidente de trabajo?
La cobertura de salud por trabajo de riesgo otorga la atención médica, farmacológica, hospitalaria y quirúrgica, cualquiera que fuere el nivel de complejidad, hasta la recuperación total del trabajador o la declaración de una invalidez permanente total o parcial, o de fallecimiento – D.S. 003-98-SA, art.13.
En consecuencia, aun cuando el vínculo laboral se hubiere extinguido durante el tratamiento médico del trabajador que ha padecido un accidente de trabajo, éste tiene derecho a recibir la atención médica necesaria para su recuperación total.
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