¿ Que hacer si el comité de seguridad y salud en el trabajo no cumple sus funciones?
En una empresa el comité paritario de seguridad y salud en el trabajo no cumple sus funciones.
Se reúnen una vez cada mes , pero solo por " cumplir" .
Al final firmar un acta en donde figura que han discutido temas de seguridad diversos pero no se ha llegado a ningún acuerdo , continuando con la discusión para la siguiente sección.
Ya tienen así desde que fueron elegidos en Enero 2018 , su periodo se cumple en Diciembre 2019
¿ Que debe hacerse?
Por parte de los trabajadores
=======================
Solicitar a la Gerencia de la empresa que tome acciones sobre el caso .
El Ministerio de trabajo o Sunafil no tienen injerencia sobre el funcionamiento del comité.
Su labor se centra en la obligación de la empresa de permitir su constitución y de no obstaculizar sus actividades.
Por parte de la Gerencia
======================
Es muy poco lo que pueden hacer.
Las tareas o actividades que realicen , o "finjan " realizar no es injerencia de la Gerencia.
Lo mas que puede hacer es hacerles llegar las observaciones a su "escaso trabajo" , no mas.
¿ Entonces?
Puede procederse de dos formas :
a.- Esperar que cumplan su periodo y no volver a elegirlos.
b.- Esperar que alguno de ellos o todos renuncien a la empresa o termine su contrato laboral.
Ellos no pueden renunciar a ser miembro del comité , pero si abandonarlo.
Eso dejaría la oportunidad para que los miembros suplentes los reemplacen.
Se reúnen una vez cada mes , pero solo por " cumplir" .
Al final firmar un acta en donde figura que han discutido temas de seguridad diversos pero no se ha llegado a ningún acuerdo , continuando con la discusión para la siguiente sección.
Ya tienen así desde que fueron elegidos en Enero 2018 , su periodo se cumple en Diciembre 2019
¿ Que debe hacerse?
Por parte de los trabajadores
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Solicitar a la Gerencia de la empresa que tome acciones sobre el caso .
El Ministerio de trabajo o Sunafil no tienen injerencia sobre el funcionamiento del comité.
Su labor se centra en la obligación de la empresa de permitir su constitución y de no obstaculizar sus actividades.
Por parte de la Gerencia
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Es muy poco lo que pueden hacer.
Las tareas o actividades que realicen , o "finjan " realizar no es injerencia de la Gerencia.
Lo mas que puede hacer es hacerles llegar las observaciones a su "escaso trabajo" , no mas.
¿ Entonces?
Puede procederse de dos formas :
a.- Esperar que cumplan su periodo y no volver a elegirlos.
b.- Esperar que alguno de ellos o todos renuncien a la empresa o termine su contrato laboral.
Ellos no pueden renunciar a ser miembro del comité , pero si abandonarlo.
Eso dejaría la oportunidad para que los miembros suplentes los reemplacen.
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