¿A quién se considera “trabajador” a efectos de determinar la obligatoriedad de elegir un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo ?
Es trabajador a toda persona que presta servicios en la empresa y que en su relación se presenten las siguientes condiciones: 1.- Trabajo personal Según la legislación laboral peruana el trabajo personal se configura cuando una misma persona esta en la obligación de cumplir cierta actividad acordada con su empleador . Ejemplo : Juan es contratado en una empresa para desarrollar labores de soldadura. Y es solo Juan y nadie mas de Juan quien puede realizar esa labor. Juan no puede delegar o enviar a un familiar para realizar esa labor , porque el contrato de trabajo solo ha sido firmado con Juan. En el caso de un trabajador independiente , el termino “ trabajo personal “ es relativo . Esto debido a que la persona con la cual se realizo el “acuerdo de trabajo” , puede delegar dicha obligación a otra u otras personas sin afectar el resultado final. 2.- Remuneración Es el pago por los servicios prestados, pagado por el Empleador en dinero o en especie bajo la