Accidentes de trabajo despues o antes de la jornada

¿ Qué norma se aplica a fin de determinar si los sucesos que ocurren durante el transporte del personal después o antes de la jornada constituyen un supuesto de accidente de trabajo ?



La norma de aplicación para el supuesto de referencia es la prevista en el art. 2, num. 2.3 del D.S. 003-98-SA (No constituye accidente de trabajo: (…)

" a) El que se produce en el trayecto de ida y retorno a centro de trabajo, aunque el transporte sea realizado por cuenta de la Entidad Empleadora en vehículos propios contratados para el efecto) "

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