Disponibilidad del plan covid-19 a solicitud del cliente en su empresa



Un cliente en una empresa reclamo al administrador por no tener a su disposicion el plan vigilancia salud trabajadores contra covid-19 registrado en el Minsa.
¿ Tiene sustento su reclamo?
¿Donde dice que debe estar a disposicion del cliente ?

Por DECRETO SUPREMO N° 101-2020-PCM publicado el  04/06/2020 Edición Extraordinaria del Peruano   se  apruebo la Fase 2 de la Reanudación de Actividades Económicas dentro del marco de la declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19 .

Dentro de sus diversas disposiciones precisa que  “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” registrado por las personas jurídicas será utilizado como base para la posterior supervisión y fiscalización por parte de las autoridades competentes.

Adicionalmente, dicho Plan debe estar disponible para los trabajadores al momento de la reanudación de las labores y a disposición de los clientes.

¿ Y en articulo dice eso ?
Puede revisar el articulo 3 ,inciso 3.4 del DECRETO SUPREMO N° 101-2020-PCM comentado en este
articulo

¿ Y como puede hacer efectivo la empresa esa obligacion?
La disposicion no especifica la forma como puede la empresa , difundir su plan covid-19 entre sus clientes.

Por lo cual.queda a criterio del.empleador determinar la forma como hara accesible a los clientes dicho plan

Por ejemplo ;
Si tiene pagina web puede  " colgar" dicho plan .

Puede usar la base de datos de sus clientes y enviar una copia por correo electronico

En el local , puede publicar el plan en un panel publicitario de acceso al publico.

Puede disponer de documento.fisico que se entrega a todo cliente que se apersone al local de la empresa.

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