Conclusión de la Emergencia Sanitaria COVID-19
Las obligaciones en materia de SST que se reanudan
Para recordar : La última prórroga dispuesta por el Gobierno para extender la Emergencia Sanitaria vence el próximo 25 de mayo.
En vista de la que Organización Mundial de la Salud ha declarado el fin de la emergencia de salud pública internacional por el COVID-19, es probable que no se apruebe una prórroga adicional en el Perú.
Reanudación de Obligaciones : Esto supone la reanudación de algunas obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo (SST) que se encontraron suspendidas durante la Emergencia Sanitaria:
1 Exámenes médicos ocupacionales
Hasta 25 Mayo 2023 : La obligación de los empleadores de realizar exámenes médicos de ingreso en actividades de alto riesgo, así como de exámenes médicos ocupacionales periódicos se encontraban suspendidas.
Desde 26 Mayo 2023 : Se debe revisar y actualizar el protocolo de exámenes médicos de su organización, para verificar que éstos incluyan las evaluaciones suficientes y necesarias para garantizar que el personal sea asignado a posiciones que no afecten su estado de salud.
Luego de ello, programar los exámenes médicos ocupacionales para su personal en el más breve plazo posible.
2 Auditorías de seguridad y salud
Hasta 25 Mayo 2023 : Se reanudará la obligación del empleador de realizar las auditorias en materia de seguridad y salud en el trabajo, a cargo de un Auditor debidamente inscrito en el Registro de Auditores del MTPE.
Las empresas de alto riesgo tienen la obligación de realizar estas auditorías cada dos años, mientras que las empresas que no realizan actividades de alto riesgo deben cumplirla cada tres años.
Desde 26 Mayo 2023 Revisar cuándo se realizó la última auditoría en su empresa y organizar una auditoría interna a fin de levantar no conformidades.
Luego de ello, programar una auditoría con un auditor externo dentro del plazo de 90 días calendario desde el fin de la emergencia sanitaria.
3 Elección del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y del Supervisor
Hasta 25 Mayo 2023 Durante la Emergencia Sanitaria, se autorizó la extensión del periodo de funciones del Comité de SST o del Supervisor de SST, según corresponda, cuando no resultara posible la organización del proceso de elección.
Desde 26 Mayo 2023 Las empresas que no realizaron el proceso electoral en la oportunidad correspondiente, deberían:
- Poder acreditar que no se realizó la elección porque la organización interna durante la Emergencia Sanitaria no lo permitía.
- Contar con un cronograma de elecciones que acredite que la empresa viene organizando la próxima elección.
Recuerde : Si cuenta con un Sindicato, es este quien organiza el proceso electoral, pero la empresa sigue siendo responsable de que se lleve a cabo.
Lea también [ Consecuencias laborales del fin de la Emergencia Sanitaria COVID-19 ]
Comentarios
Publicar un comentario