Manejo de sustancias químicas en el Perú

 Seguridad y salud en el trabajo 

Obligaciones  del empleador 

 DECRETO LEGISLATIVO Nº 1570 QUE APRUEBA LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE SUSTANCIAS QUÍMICAS

El Ministerio del Ambiente (Minam), impulsó la aprobación del Decreto Legislativo n° 1570, ( publicado  28 / 05/ 2023) Ver norma  legal aqui )

Esta norma  establece el marco legal para la Gestión Integral de Sustancias Químicas en el país.

De las Sustancias químicas  : 

Las sustancias químicas cuentan con una clasificación de peligros, que se comunica en el etiquetado y en la Ficha de Datos de Seguridad (FDS).

La clasificación de peligros, etiquetado y FDS se realiza de acuerdo al SGA de la United Nations. 


Obligaciones  del empleador 

a) Adquirir sustancias químicas que cuenten con el etiquetado y de corresponder la FDS respectiva, conforme a lo establecido en el Reglamento del presente Decreto Legislativo.


b) Cumplir las instrucciones de manejo seguro indicadas en el etiquetado y FDS, suministradas por el fabricante o importador de las sustancias químicas.

c) En caso de realizar envasado, reenvasado o trasvase, etiquetar las sustancias químicas conforme a las disposiciones sobre la clasificación y etiquetado, contenidas en el Reglamento, con base en la información proporcionada por el importador o fabricante en la FDS

.d) En caso cuenten con instrumento de gestión ambiental, incluir las medidas específicas para la reducción y manejo del riesgo para la salud y el ambiente de las sustancias químicas que manejan, según lo dispuesto en el Decreto Legislativo.

e) Brindar a las entidades competentes las facilidades que requieran para el ejercicio de sus funciones de supervisión y fiscalización.

f) Capacitar a sus trabajadores en el manejo de sustancias químicas peligrosas según la actividad que realice.


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