¿Las actividades de riesgo deben contar con PETS?

 

Sí, pues solo así se garantiza que el trabajador  conozca con suficiente especificidad las medidas de prevención en su puesto de trabajo.

Del caso..

Extracto:

“6.14 Asimismo, en cuanto a no acreditar contar con el PETS, es de precisar que los PETS son procedimientos que establecen el cómo se debe realizar la función específica que desarrolla el trabajador en el centro de trabajo; en este caso, el procedimiento de retirar, mover cajas de una altura aproximada de 3 metros. 

En ese sentido, al no contar la impugnante con el PETS del puesto de trabajo específico del trabajador afectado, se corrobora que este no tuvo conocimiento de los procedimientos a seguir con este tipo de trabajo riesgoso, por lo que, teniendo en cuenta que el empleador tiene la obligación de garantizar la seguridad de sus trabajadores, no garantizó la misma, ya que el trabajador sufrió un accidente de trabajo, no cumpliendo con ningún procedimiento de trabajo seguro”.

Fuente :
RTF 325-2021-SUNAFIL/TFL

Vea también  ...

El trabajo  de Alto riesgo


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