Responsabilidad accidente de trabajo entre principal y contratista
NO TODO ACCIDENTE EN LAS INSTALACIONES DE LA EMPRESA PRINCIPAL DETERMINA SU RESPONSABILIDAD.
Fuente : Resolución N° 1006-2024-SUNAFIL/TFL-Primera Sala
El Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) en un reciente pronunciamiento descartó la responsabilidad de la empresa principal tras un accidente de trabajo producido por un acto subestándar (acto negligente del trabajador).
Del caso: El Tribunal manifestó que no se puede presumir la responsabilidad de la empresa principal a partir de los incumplimientos de su contratista (en este caso, defectos en el IPERC, PETS y otros), pues ello no agota el analisis causal que se requiere para tal determinación.
De la Resolución: Detalles Se adjunta la resolución para mas detalle (RTFL 1006-2024-Sunafil/TFL) Descargar aqui
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