Accidente de trabajo y término de contrato
Un trabajador es contratado bajo la modalidad de incremento de actividad , iniciando sus funciones en el 2009 . En el desarrollo de su trabajo sufre un accidente de trabajo que lo incapacita temporalmente. La empresa a pesar de esta situación le remite una carta informándole que su contrato laboral de incremento de actividad se vence el 31/12/2010, y que no será renovado. El trabajador presenta una acción de amparo ante el tribunal constitucional , mencionando que ha sido objeto de un despido arbitrario , pues el contrato se hallaba suspendido. Tribunal constitucional : La renovación de contratos sujetos a modalidad ( como el caso de incremento de actividad ) , puede ser renovado por acuerdo entre las partes ( sobre todo si esta situación se detalla en alguna de sus cláusulas ) . En consecuencia no se presenta la situación del despido arbitrario , debido a que una de las parte ( el Empleador ) no desea continuar con los servicios del trabajador. Fuente : Sentencia