Registros obligatorios : formatos exigidos
Los Empleadores continuaran llevando los registros obligatorios del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo conforme a los procedimientos vigentes , hasta que se apruebe los formatos a que se refiere el articulo 33 del D.S. 005-2012-TR
Esto que significa :
Los formatos que debe utilizar el empleador para llevar los registros de seguridad y salud en el trabajo actualmente se encuentran contenidos en la Resolución Ministerial 148-2007-TR .
Esta norma todavia habla de las disposiciones anteriores a la nueva ley de seguridad y salud en el trabajo. Lo curioso es que el registro de auditorias no existia en ese momento.
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