Miembro Comite de seguridad "delega" su representatividad en un tercero.

 ¿ Es permitido que un miembro del Comité de Seguridad y Salud en el trabajo, “ delegue", en otro trabajador no elegido , para que lo reemplace en ante una investigación de accidente de trabajo?


Debemos considerar que el.comite de seguridad  y salud es un órgano participativo de los trabajadores en.la gestión  de la seguridad en la empresa , a través de sus representantes elegidos según las normas vigentes. Igualmente  el empleador participa en dicho.comite a través de sus representantes designados directamente  por este.


La conformación.

El comité está conformado  por :

(...)

c. Los miembros  , quienes  son los demás integrantes  del Comité  designados de acuerdo  a los artículos  48 ( Designación representantes del empleador  , y 49 ( proceso  de elección representantes de los trabajadores).


Por lo cual existe una exigencia de proceso previo para ser integrante  del comité  .


El reconocimiento de sus integrantes.

En la constitución  e instalación del.Comite se levanta un acta que debe contener la siguiente  información  mínima: ( ...)

b) . Nombres y cargos de los miembros  titulares 

c). Nombres  y cargos  de los miembros  suplentes. 

(..)

Base legal  : artículo  53  D.S. 005-2012-TR


Esto determina que solo serán parte de este órgano  participativo  las personas cuyos datos  aparezcan como miembros suplentes  o titulares. 


Participación  de terceros

Las  normas  permiten  la participación  de terceros , no.como miembros  del comité,  sino en calidad de asesor técnico (.artículo 60 D.S. 005-2012-TR), y  consejeros ( artículo  60.segundo párrafo  D.S. 005-2012-TR).

Para ser calificado  como tal :

a. Debe haber un acuerdo  previo  en el comité

b. Esas calificaciones  son desarrolladas  por profesionales calificados 

c. Solo participarán para determinados actos  autorizados por el comité. 


Pregunta ; ¿ Es permitido que un miembro  del comité  , nombre en su representación  a otro trabajador de la empresa  que no.es miembro  suplente, para que lo reemplace en una investigación  de accidente  de trabajo?

No 

Los motivos son :

a. No.es un trabajador  elegido según artículo 48  y 49 D.S. 005-2012-TR  .

b. No ha sido reconocido  como miembro  del comité  en el acto.de instalación  de este órgano  participativo. Según artículo  53  D.S. 005-2012-TR. 

c. Para que pueda participar  debe ser en calidad de asesor técnico u consejero.

Artículo 60 D.S. 005-2012-TR.

Pero para eso debe haber un acuerdo previo indicado en acta del comité

Su presencia es para dar orientación  no para reemplazar a uno.de sus miembros 


En conclusión:

El proceder  del trabajador  no esta conforme  con las normas  de representación  que asume el comité.


En una sesión  del comité  de  tratarse este tema para  aclarar las limitaciones  que tiene  cada miembro  .


Una recomendación: En algunos  comités de seguridad  y salud  (.sobre todo en aquellas empresas  que vienen  desarrollando  el proceso de elección  desde hace tiempo,  han establecido  la obligatoriedad  de contar  con un reglamento  interno funcionamiento de dicho comité.

Ayuda  a prevenir  acciones  como la descrita y cubre  vacíos que las normas de seguridad  y salud  no han especificado. 


Modelo  Reglamento  interno Comité de Seguridad  y salud


Este modelo de documento servira al comite de seguridad y salud en el trabajo :
a.- Normar el comportamiento interno de sus miembros
b.- Definir los procedimientos  a desarrollar
c.- Llenar los vacios legales
d.- Mejorar las relaciones de trabajo entre sus miembros


Costo : S/  69.00 ( SESENTINUEVE SOLES).



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Forma de pago

Agencia Bancaria o en Agente  mas cercano a su domicilio o centro laboral
del Banco de Crédito o el Banco Continental ....

Procedimiento :
1.- Deposite el importe en la cuenta abajo indica.
2.- Escanee el Boucher del deposito y envíelo por email a : conrcc@gmail.com

3.- Debe llamar al 989827008  Lic Ricardo Candela Casas para informar del proceso de pago.
Se remite el documento y el aplicativo en Excel en 05 minutos a su correo personal.


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Deposite el importe en la cuenta del Banco de Crédito del Perú
Cuenta: Ahorros
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Numero : 194-04544476-0-78
Titular : Ricardo Candela Casas

Código Interbancario : 00219410454447607893


También puede realizar su deposito en los AGENTES BCP
( Todos los días de la semana incluso domingos y feriados).


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Deposite el importe en la cuenta Banco continental
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Moneda : Soles
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Titular : Ricardo Candela Casas

Código Interbancario : 011-814-000202472880-16

También puede realizar su deposito en los AGENTES BBVA
( Todos los días de la semana incluso domingos y feriados).


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Deposite el importe en la cuenta Banco Interbank
Cuenta: Ahorros
Moneda : Soles
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Titular : Ricardo Candela Casas

Código Interbancario 

003-898-013179708908-46
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Coordinaciones a : conrcc@gmail.com o al teléfono 989827008
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