Lo nuevo en Protocolo Hostigamiento Sexual Versión 02
Sunafil
Descargar el Protocolo Nº 007-2019-SUNAFIL/INII,Versión 02
Denominado “Protocolo de Fiscalización en Materia de Hostigamiento Sexual
Algunas de las incorporaciones relevantes son las siguientes:
a.Reserva de la entidad
Si el denunciante no manifiesta expresamente su autorización para el levantamiento de la reserva de identidad, se le otorgará un plazo de 2 días para que levante la reserva de su identidad. Vencido el plazo, sin respuesta alguna o respuesta negativa, se procederá a la atención de la denuncia, evitando la revictimización.
b.Acompañamiento psicológico
Siempre que la víctima lo autorice, se le brindará el acompañamiento psicológico o legal que, según su caso, corresponda, en un plazo no mayor a 3 días calendario de recibida la denuncia.
c.Renuncia servicios atención médica y psicológica
En caso de que la víctima acepte o renuncie a los servicios de atención médica y/o psicológica, esta renuncia debe figurar en el "Acta de los derechos de las personas denunciantes" y lo deberá hacer constar con su firma o firma electrónica y huella en el documento físico o virtual.
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d. Trabajador del Hogar
En los casos de hostigamiento sexual en el trabajo del hogar, si el empleador se resiste a verificar el cumplimiento de los derechos de la persona trabajadora, se levantará un acta con la sola versión de la parte denunciante y se valorará como presunción de hechos ciertos la referida versión de la denunciante o persona trabajadora.
De interés ..
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