Indemnización millonaria por Accidentede Trabajo. (S/1,250,000.00).

 


La Corte Superior de Justicia de Lima reconoció el derecho de un trabajador a obtener una indemnización por un accidente laboral.

Expediente 4992-2019-0-1801-JR-LA-03.

Pretensiones de Lucro Cesante, Daño Emergente y  Daño Moral.


En primera instancia, la demanda del trabajador fue declarada infundada y el proceso archivado, lo que llevó al demandante a presentar un recurso de apelación.

El nexo causal   La Sala Superior argumentó que negar el Nexo Causal debido a la falta de un informe médico emitido por un especialista o de documentación médica dentro de un año posterior no era razonable ni constitucional.

El tribunal destacó la importancia de la prevención y cuidado en el centro laboral según la Ley de Seguridad y Salud enel Trabajo N° 29783 y la necesidad de pronunciarse sobre las pretensiones de Lucro Cesante, Daño Emergente y  Daño Moral.

Finalmente, se determinó que la empresa demandada debía responder por el daño sufrido por el trabajador debido a la falta de ruptura del nexo causal y el incumplimiento de las medidas de seguridad y prevención según las normas de seguridad laboral. 

Se declaró la constitución de un daño en la presente sentencia.

Boletin Seguridad y Salud en el Trabajo  : Setiembre 2023  Ver aqui


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