Indemnización millonaria por Accidentede Trabajo. (S/1,250,000.00).
La Corte Superior de Justicia de Lima reconoció el derecho de un trabajador a obtener una indemnización por un accidente laboral.
Expediente 4992-2019-0-1801-JR-LA-03.
Pretensiones de Lucro Cesante, Daño Emergente y Daño Moral.
En primera instancia, la demanda del trabajador fue declarada infundada y el proceso archivado, lo que llevó al demandante a presentar un recurso de apelación.
El nexo causal La Sala Superior argumentó que negar el Nexo Causal debido a la falta de un informe médico emitido por un especialista o de documentación médica dentro de un año posterior no era razonable ni constitucional.
El tribunal destacó la importancia de la prevención y cuidado en el centro laboral según la Ley de Seguridad y Salud enel Trabajo N° 29783 y la necesidad de pronunciarse sobre las pretensiones de Lucro Cesante, Daño Emergente y Daño Moral.
Finalmente, se determinó que la empresa demandada debía responder por el daño sufrido por el trabajador debido a la falta de ruptura del nexo causal y el incumplimiento de las medidas de seguridad y prevención según las normas de seguridad laboral.
Se declaró la constitución de un daño en la presente sentencia.
Comentarios
Publicar un comentario