Indemnización millonaria por Accidentede Trabajo. (S/1,250,000.00).

 


La Corte Superior de Justicia de Lima reconoció el derecho de un trabajador a obtener una indemnización por un accidente laboral.

Expediente 4992-2019-0-1801-JR-LA-03.

Pretensiones de Lucro Cesante, Daño Emergente y  Daño Moral.


En primera instancia, la demanda del trabajador fue declarada infundada y el proceso archivado, lo que llevó al demandante a presentar un recurso de apelación.

El nexo causal   La Sala Superior argumentó que negar el Nexo Causal debido a la falta de un informe médico emitido por un especialista o de documentación médica dentro de un año posterior no era razonable ni constitucional.

El tribunal destacó la importancia de la prevención y cuidado en el centro laboral según la Ley de Seguridad y Salud enel Trabajo N° 29783 y la necesidad de pronunciarse sobre las pretensiones de Lucro Cesante, Daño Emergente y  Daño Moral.

Finalmente, se determinó que la empresa demandada debía responder por el daño sufrido por el trabajador debido a la falta de ruptura del nexo causal y el incumplimiento de las medidas de seguridad y prevención según las normas de seguridad laboral. 

Se declaró la constitución de un daño en la presente sentencia.

Boletin Seguridad y Salud en el Trabajo  : Setiembre 2023  Ver aqui


Comentarios

Entradas populares de este blog

Obligación legal de contar con carteles de seguridad

Manual charlas de 05 minutos en seguridad para trabajos con soldadura

Riesgos por exposición agentes fisicos