Comité o Supervisor en obras Construcción civil más de 50 UIT
¿El comite o supervisor solo es obligatorio para obras superiores a las 50 UIT ?
Respuesta
No.
Existe un parámetro establecido en la ley de seguridad y salud. Y es en base al número de trabajadores.
El criterio de valor obra , no es válido , para determinar la obligación de contar con un comité o supervisor de seguridad y salud Elegido por los trabajadores.
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