Responsabilidad por Enfermedad profesional
La prevención no puede quedarse en lo formal, sino que exige acciones reales y eficaces por parte del empleador.
Casación Laboral N.º 44727-2022 (Lima)
La Corte Suprema declaró infundado el recurso de casación interpuesto por una empresa minera, confirmando la condena al pago de indemnización a favor de un trabajador diagnosticado con neumoconiosis, tras más de 30 años de labores en mina subterránea.
Criterios de la Corte para determinar el nexo causal:
1 Trayectoria laboral comprobada → El trabajador ocupó diversos cargos operativos (oficial, winchero, alarife, dibujante, senior), todos vinculados a labores de mina subterránea.
2 Exposición prolongada a riesgos 32 años estuvo expuesto a polvos finos y humos de sustancias químicas propios de la actividad minera.
3 Relación temporal → La enfermedad fue diagnosticada poco después del cese, sin que hubiera transcurrido un lapso prolongado que pudiera romper la relación de causalidad.
La Corte concluyó que existía una relación directa entre las condiciones de trabajo y la enfermedad profesional, recordando que la prevención no puede quedarse en lo formal, sino que exige acciones reales y eficaces por parte del empleador.
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