D.S. 005-2012-TR
Registros obligatorios de seguridad y salud en el trabajo La ley 29783 respeto el nombre y número de los registros de seguridad ya establecidos por el D.S. 009-2005-TR ( ya derogado expresamente ). 1.- Registro de accidentes de trabajo , enfermedades ocupacionales 2.- Registro de examenes medicos ocupacionales 3.- Registro de monitorero de agentes fisicos , quimicos , biologicos y factores de riesgo ergonomicos. 4.- Registro de estadisticas de seguridad y salud 5.- Registro de equipos de seguridad o emergencia 6.- Registro de inducción , capacitación , entrenamiento y simulacros de emergencia 7.- Registro de auditorias. El D.S. 009-2005-TR ha establecido el tiempo de conservación de dichos registros: 1.- Enfermedades ocupacionales 20 años posteriores al suceso 2.- Accidentes de trabajo e incidentes peligrosos 10 años posteriores al suceso. Los demas registros deben conservarse por 05 años , posteriores al suceso. Se precisa ademas que mientras no se dicten disposic